Una empresa es una entidad económica de producción que se dedica a
combinar capital, trabajo y recursos
naturales con el fin de producir bienes y servicios para vender en el mercado
Antes de crear una empresa, es necesario conocer el tipo societario que más se ajusta a las necesidades del emprendedor. Para ello, debemos elegir la forma jurídica que puede ser:
Sociedad Colectiva: En este tipo de empresas de propiedad de más de una persona, los socios responden también de forma ilimitada con su patrimonio, y existe participación en la dirección o gestión de la empresa.
1.b Cooperativas: No poseen ánimo de lucro y son constituidas para satisfacer las necesidades o intereses socioeconómicos de los cooperativistas, quienes también son a la vez trabajadores, y en algunos casos también proveedores y clientes de la empresa.
1.c Comanditarias: Poseen dos tipos de socios: a) los colectivos con la característica de la responsabilidad ilimitada, y los comanditarios cuya responsabilidad se limita a la aportación de capital efectuado .
1.d Sociedad de Responsabilidad Limitada: Los socios propietarios de éstas empresas tienen la característica de asumir una responsabilidad de carácter limitada, respondiendo solo por capital o patrimonio que aportan a la empresa .
1.e Sociedad Anónima: Tienen el carácter de la responsabilidad limitada al capital que aportan, pero poseen la alternativa de tener las puertas abiertas a cualquier persona que desee adquirir acciones de la empresa. Por este camino, estas empresas pueden realizar ampliaciones de capital, dentro de las normas que las regulan.
.El proceso de constitución y puesta en marcha de una empresa es una tarea algo ardua, no por su complejidad, sino por la laboriosidad de la tramitación para formalizar dicha constitución.
En este documento trata de exponer lo más claramente posible los pasos a seguir:
http://www.ipyme.org/Publicaciones/CreacionEmpresas.pdf
naturales con el fin de producir bienes y servicios para vender en el mercado
Antes de crear una empresa, es necesario conocer el tipo societario que más se ajusta a las necesidades del emprendedor. Para ello, debemos elegir la forma jurídica que puede ser:
Forma Jurídica.
1-a Unipersonal: El empresario o propietario, persona con capacidad legal para ejercer el comercio, responde de forma ilimitada con todo su patrimonio ante las personas que pudieran verse afectadas por el accionar de la empresa.Sociedad Colectiva: En este tipo de empresas de propiedad de más de una persona, los socios responden también de forma ilimitada con su patrimonio, y existe participación en la dirección o gestión de la empresa.
1.b Cooperativas: No poseen ánimo de lucro y son constituidas para satisfacer las necesidades o intereses socioeconómicos de los cooperativistas, quienes también son a la vez trabajadores, y en algunos casos también proveedores y clientes de la empresa.
1.c Comanditarias: Poseen dos tipos de socios: a) los colectivos con la característica de la responsabilidad ilimitada, y los comanditarios cuya responsabilidad se limita a la aportación de capital efectuado .
1.d Sociedad de Responsabilidad Limitada: Los socios propietarios de éstas empresas tienen la característica de asumir una responsabilidad de carácter limitada, respondiendo solo por capital o patrimonio que aportan a la empresa .
1.e Sociedad Anónima: Tienen el carácter de la responsabilidad limitada al capital que aportan, pero poseen la alternativa de tener las puertas abiertas a cualquier persona que desee adquirir acciones de la empresa. Por este camino, estas empresas pueden realizar ampliaciones de capital, dentro de las normas que las regulan.
Las empresas también se pueden clasificar:
1. Según el Sector de Actividad.
2. Según el Tamaño.
3. Según el Destino de los Beneficios.
4. Según la Propiedad del Capital.
Más información
Sociedad Limitada: características y ventajas
Cooperativas de trabajo asociado para facturar sin ser autónomo
Tipo de empresa | Nº socios | Capital | Responsabilidad |
---|---|---|---|
Sociedad Anónima | Mínimo 1 | Mínimo 60.000 euros | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedad Anónima Laboral | Mínimo 3 | Mínimo 60.000 euros | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedad Cooperativa | Cooperativas 1er grado: Mínimo 3 - Cooperativas 2º grado: 2 cooperativas | Mínimo fijado en los Estatutos | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Entidades de Capital-Riesgo | Al menos 3 miembros en el Consejo Administración | Sociedades de Capital Riesgo: Mínimo 1.200.000 €. Fondos de Capital Riesgo: Mínimo 1.650.000 € | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedad de Garantía Recíproca | Mínimo 150 socios participes | Mínimo 10.000.000 euros | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedad Limitada de Formación Sucesiva | Mínimo 1 | No existe mínimo legal | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral | Mínimo 3 | Mínimo 3.000 euros | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedad Limitada Nueva Empresa | Mínimo 1 Máximo 5 | Mínimo 3.012 Máximo 120.202 | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedades Profesionales | Mínimo 1 | Según la forma social que adopte | Limitada al capital aportado en la sociedad |
Sociedad de Responsabilidad Limitada | Mínimo 1 | Mínimo 3.000 euros | Limitada al capital aportado en la sociedad |
En este documento trata de exponer lo más claramente posible los pasos a seguir:
http://www.ipyme.org/Publicaciones/CreacionEmpresas.pdf
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